Licencia de armas con Centro Médico Maurel

Reconocimientos Médicos para licencia de armas en Zaragoza

Obtén o renueva tu licencia de armas en Zaragoza

En territorio español no se puede portar ni poseer armas de fuego sin la licencia o autorización expedida por las autoridades competentes.

Tipos de licencias de armas:

• Licencia tipo B: pistolas y revólveres.
• Licencia tipo C: armas para vigilancia y guardería, reservada al personal de Seguridad Privada.
• Licencia tipo D: armas largas rayadas para caza mayor.
• Licencia tipo E: armas para tiro deportivo y escopetas de caza.
• Licencia tipo F: armas para uso en campos, polígonos y galerías de tiro.

Informe de Aptitudes Psíquicas y Físicas

Para solicitar una licencia de armas, además de la documentación requerida para cada tipo de arma, la persona interesada tiene que acreditar la posesión de las aptitudes psíquicas y físicas adecuadas mediante un informe, cuya prueba o examen se realiza en nuestro Centro Médico Maurel. En el caso de renovar una licencia de armas, este informe también es necesario;  y nos encargamos nosotros mismos de hacérselo llegar a la oficina de la Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente, sin tener que desplazarse hasta allí.

Documentación necesaria para realizar el examen psicofísico:

• Dni o Pasaporte en vigor
• Fotografía de tamaño carnet actual.

Conocimientos necesarios sobre armas

Además del informe de aptitudes psíquicas y físicas, hay que poseer estos conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo de las armas:

• Las personas que hagan uso de las armas deberán estar en todo momento en condiciones de controlarlas, actuar con diligencia y precauciones necesarias (Artículo 147.1 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de Enero – BOE.Num 55).

En ningún caso podrá ser titular de una licencia de armas personas cuya condición psíquica o física le impidan su utilización, y especialmente cuando el arma pueda representar un riesgo propio o ajeno.

Vigencia de la licencia de armas en Zaragoza

La vigencia de las licencias o autorizaciones está condicionada al mantenimiento de los requisitos con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de Armas.

Cuando vence el plazo de validez o autorización, el interesado deberá llevar las armas a la sede de Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio. En caso de que no lo haga, esta conducta podría constituir un delito de tenencia ilícita de armas o depósito de armas (Artículo 564 de la Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal).

Recordamos que también se necesita presentar la documentación requerida para cada caso y el informe de aptitud psicofísica.

Obligaciones de los titulares de armas de fuego con licencia

Guardar el arma en un lugar seguro y adoptar las medidas necesarias de seguridad (pérdida, robo o sustracción).
Presentar las armas en las autoridades gubernativas (Intervención de Armas de la Guardia Civil), siempre que les requieran para ello.
Declarar inmediatamente en las autoridades competentes (Intervención de Armas de la Guardia Civil) la pérdida, robo, destrucción o sustracción de las armas o de su documentación (en este caso deberá depositar las armas hasta obtener los nuevos documentos).

Normativas sobre la licencia de armas

• Regulación de informes de aptitud: Real Decreto 2283/1985, de 4 de Diciembre.
Acreditación de la aptitud psicofísica necesaria, tanto para la tenencia como para prestar servicios de seguridad privada: Real Decreto 2487/1998, de 20 de Noviembre.
Pruebas de capacitación para determinadas licencias de armas: Orden del Ministerio del Interior de 18 de Marzo de 1998 (BOE num. 77).
• Determinación del ámbito de aplicación de la Orden del 18 de Marzo: Orden del Ministerio del Interior de 7 de Marzo de 2000.
Instrucciones para la ejecución de la Orden del 18 de Marzo: Resolución de 19 de Octubre de 1998.